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JNE atendió Audiencia Pública sobre la apelación de exclusión del candidato Fernando Cárdenas (VIDEO)

El JNE atendió esta tarde, la apelación presentada por Patria Joven contra la resolución del J.E.E. de Huaral, que excluyó a Fernando Cárdenas Sánchez de su candidatura a la alcaldía de Huaral.
El abogado Gino Romero Curioso, sostuvo «Que la exclusión indebida y errónea del candidato, se basa supuestamente en el Art. 39.1 del Reglamento, que dice que se dispone la exclusión de un candidato, cuando se advierta la omisión prevista en los numerales 5, 6 y 8.

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Los numerales 5 y 6 están relacionados básicamente a las sentencias y renuncias, y la 8, que es la que se estaría aplicando indebidamente, es sobre la declaración de bienes y rentas previstas para los funcionarios públicos. Mi patrocinado no solo ha declarado los bienes y rentas, sino que se está considerando en la resolución materia de apelación, que no ha consignado todos los centros de trabajo donde estuvo laborando y ha percibido esa renta.

Él es un médico anestesiólogo y obviamente ha trabajado en el año 2021, en forma particular en varias clínicas. Si se trabaja en todo un año en 50 clínicas diferentes, no alcanzaría un espacio para declarar, pero fuera de ello, ni bien se inscribió la lista, inmediatamente, a pesar de no ser necesario, se presentó y se solicitó una anotación marginal en su hoja de vida, en donde se incluyó la información que se está pidiendo, con fecha 24 de junio.


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Nunca resolvieron esta anotación y recién con fecha 8 de agosto, rechazan la anotación y declaran su exclusión, a pesar de no ser un requisito necesario e indispensable.

Es más, en el levantamiento de la observación se adjuntaron todos los documentos y todas las pruebas de SUNAT, Registros Públicos y todo lo que él había realizado.

En otras palabras, mi patrocinado no esta incurso en ninguna de las causales para ser excluido y se debe declarar fundado el recurso de apelación e incluirlo en su lista de candidatura a alcalde, porque no solo no ha omitido, sino que cumplió con declarar a pesar de no ser necesario, con subsanar dentro del plazo y cumplir con la anotación marginal en junio, recién en agosto fue contestada y rechazada, para emitir la resolución de exclusión», señaló.

Finalmente el caso quedó al voto del Jurado, que será dilucidado en forma interna, para luego emitir públicamente, el resultado final.

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