La Provincia de Huaral continuará en e Nivel de Alerta Moderado, así lo determinó el Gobierno de la República.
Por esa razón, ha dispuesto una serie de medidas focalizadas para enfrentar la pandemia por la COVID-19 en el Perú. Estas disposiciones van desde el 23 de agosto hasta el 5 de setiembre de 2021 (Decreto Supremo N° 149-2021-PCM):
-Está permitida la circulación de vehículos particulares los días domingos.
-Inmovilización social obligatoria estricta: de lunes a domingo de 12:00 m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
-Establecimientos comerciales deben cerrar una hora antes del inicio del toque de queda, a excepción de los ubicados en Lima y Callao que deben cerrar dos horas antes.
-Transporte interprovincial terrestre: se permite libremente.
Aforos permitidos en espacios cerrados:
-Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 50%.
-Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 50%.
-Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%.
-Playas abiertas.
-Restaurantes y afines en zonas internas: 60%. Se permite delivery de 4:00 a. m. a 11:00 p. m. de lunes a domingo.
-Templos y lugares de culto: 50%.
-Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 60%.
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 60%.
-Bancos y otras entidades financieras: 60%.
-Eventos empresariales y profesionales: 60%.
Aforos permitidos en espacios abiertos:
-Sin restricción de aforos, respetando los protocolos, y previa autorización del gobierno local.
-Artes escénicas.
-Restaurantes y afines en zonas al aire libre.
-Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
-Eventos empresariales y profesionales al aire libre.
No está permitido:
-Eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas.
-Uso de mascarillas y protector facial
-El uso de mascarillas para circular por la vía pública es obligatorio a nivel nacional.
-El uso de doble mascarilla para el ingreso a establecimientos con riesgo de aglomeración de personas como: centros comerciales, galerías, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias; es obligatorio a nivel nacional. Además, se recomienda el uso de protector facial.