El pleno del Congreso aprobó, con dos votaciones sucesivas, homologar la edad en la que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones pueden adscribirse al régimen de la jubilación anticipada y así recibir una pensión.
La iniciativa legislativa que dispone esta modificación en el ámbito de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) recibió 102 votos en la primera votación y 101 en la segunda, quedando listo para su eventual promulgación.
Encargados de sustentar el dictamen fueron el vicepresidente de la Comisión de Economía, José Núñez (PM) y el presidente de la Comisión de Trabajo, Daniel Oseda (Frepap), por tratarse de una iniciativa consensuada entre ambas instancias parlamentarias.
Núñez recordó que actualmente la edad mínima para acogerse al régimen de la pensión de jubilación anticipada por causal de desempleo es de 55 años en el caso de los hombres, y de 50 años para las mujeres. Se buscaba, por ello, homologar esa situación.
Para ello, el dictamen aprobado contempla modificar la Ley 30939, que establece el régimen de jubilación anticipada, así como la Ley del Sistema Privado de Pensiones.
En este último dispositivo legal se quiere introducir que la jubilación anticipada procede cuando los afiliados a las AFP mayores de 50 años así lo dispongan, pero condicionado a que, al acogerse a este beneficio “obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 12 meses”.
Al obtenerse una alta votación en la primera votación, se pidió que la segunda se realizara de inmediato, quedando finiquitada la aprobación del dictamen.