Esta mañana, fue publicada la norma de la Superintendencia de Banca y Seguros sobre la disponibilidad de fondos de la AFP en el Diario Oficial El Peruano.
Cabe mencionar que, este procedimiento podrá ser presentado solo hasta el sábado 22 de mayo, y dispone las normas para permitir este retiro extraordinario aprobado por insistencia en el Congreso.
Antes de autorizar el retiro, las AFP deberán verificar si accedes al régimen REJA hasta el 30 de abril del 2021, pues en ese caso no puedes aplicar al desembolso.
¿Cómo será la entrega del desembolso de mi AFP?
La entrega de tu AFP será progresivo: Luego de 30 días de realizada la solicitud se te entregará 1 UIT (S/4,400) del monto total requerido, posteriormente 1 UIT a los 30 días de realizada la primera entrega y el resto (hasta 2 UIT) a los otros 30 días de efectuado el segundo pago.
Recuerda que el retiro de fondos de la AFP «mantiene la condición de intangible», por lo que se indica que lo que se retire no podría ser descontado o retenido.
Solo aquellas personas que tengan deudas alimentarias se les podrá descontar hasta por un máximo de 30% del monto retirado en cada armada.