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Evalúan proyecto de ley que dispone que policías puedan abatir a delincuentes en legítima defensa

Renovación Popular presentó un proyecto que faculta a la PNP a abatir «delincuentes» armados en flagrante delito como un «acto de legítima defensa y presunción de legalidad». ¿Hay novedad respecto a la normativa vigente?

En ese sentido, incorpora en las reglas sobre el uso excepcional de la fuerza letal que los efectivos, en casos de «delito flagrante» donde «se utilicen armas de fuego u otros elementos de evidente peligrosidad», puedan abatir «delincuentes (…) en el lugar de los hechos» y que esto se considere «como un acto de legítima defensa y presunción de legalidad».

Según la iniciativa legislativa, esto permitirá a la Policía «contar con un marco jurídico apropiado para enfrentar a la criminalidad violenta» y «que la autoridad policial pueda hacer uso de su armamento reglamentario para enfrentar situaciones donde se encuentra en grave riesgo la vida y la integridad física de las personas».

MININTER EVALÚA PROYECTO DE LEY

Al respecto, el Ministro del Interior, Vicente Romero, dijo que su sector analizará el proyecto de ley presentado por el congresista Jorge Montoya (RP), quien plantea que los policías puedan hacer uso de su arma de reglamento y abatir a delincuentes en legítima defensa.


NORMA VIGENTE

El titular del sector Interior recordó que ya existe una ley vigente sobre el uso de la fuerza en el cuerpo policial.

Se trata del Decreto Legislativo 1186, el cual regula el uso de la fuerza por parte de la PNP en cumplimiento de su finalidad constitucional.

“Ahí claramente se expresa cómo la Policía Nacional puede usar las armas en el momento que realmente se necesita. Es muy clara esta ley. Es una ley que salió en el 2016, si no me equivoco, muy importante, y fue la primera en Sudamérica. De tal forma que eso le da una chance al policía ejercer la autoridad y hacer el uso del arma adecuadamente, cuando tiene que enfrentarse a un delincuente”, comentó.

Al ser consultado si el proyecto de ley del congresista Montoya ya no sería necesario, el ministro contestó que se tendrá que examinar “a profundidad” el proyecto “para ver la posibilidad de que se pueda dar”.

Cabe precisar que el proyecto de ley del congresista de Renovación Popular cambia el inciso f del artículo 8 del Decreto Legislativo 1186, para demostrar “cuando en un flagrante se usen armas de fuego u otros elementos de evidente peligro, que pongan en riesgo la vida de las personas o de los miembros de la Policía Nacional del Perú».

En ese caso, establece la iniciativa, el o los delincuentes podrán ser abatidos en el lugar de los hechos, debiéndose considerarse esta acción como un acto de legítima defensa y presunción de legalidad.

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