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Moción de vacancia presidencial : ¿cuántos votos se necesitan para destituir a Castillo?

Este lunes 28 de marzo, el Pleno del Congreso debatirá la moción de vacancia contra el presidente Pedro Castillo. Este es el segundo intento de destitución que enfrenta el mandatario en sus ocho meses de gobierno. Repasa los puntos más importantes de este procedimiento que nuevamente pone el jaque al Ejecutivo.

“Hemos sido elegidos democráticamente, la voluntad popular está representada en las urnas, eso no podemos negar. Esperemos que el día de hoy se cierre esta página y seguir trabajando juntos”, señaló Pedro Castillo durante la ceremonia por el inicio del Año Escolar 2022 en la Red de Colegios de Alto Rendimiento (COAR).

¿Cuántos votos se necesitan para vacar a Pedro Castillo?

Según la Constitución, se requiere una votación calificada de los dos tercios del número legal de congresistas para vacar al presidente Pedro Castillo. Es decir, son necesarios actualmente 87 votos en el Pleno. Si esto se concreta, la vicepresidenta de la República, Dina Boluarte, asumiría la jefatura del Estado.


Se espera que el bloque oficialista de Perú Libre, con sus 32 votos, respalde al presidente, así como Perú Democrático (7) y Juntos por el Perú (5). La opinión del Partido Morado va dividida, ya que Susel Paredes y Flor Pablo rechazaron la moción, mientras que Edward Málaga sí la firmó. Asimismo, habría otras adhesiones puntuales de Somos Perú, Alianza Para el Progreso e incluso Fuerza Popular.

¿En qué casos se aplica la vacancia presidencial?

El jefe de Estado, electo originalmente para un periodo de cinco años, puede ser retirado del cargo mediante el mecanismo de la vacancia presidencial, en manos del Congreso. La Constitución, en su artículo 113, señala los casos en que se puede aplicar esta figura:

¿Qué es la “permanente incapacidad moral”?

La carta magna no brinda mayores detalles sobre el significado de la “permanente incapacidad moral o física” que menciona en el artículo 113. Debido a ello, la interpretación de esta causal de vacancia presidencial queda en manos del Congreso.

La “incapacidad moral” no ha sido definida por el Tribunal Constitucional, “lo cual puede afectar la separación e independencia de los poderes públicos”, alertó la Comisión Internacional de Derechos Humanos de la OEA.

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