Inicio ACTUALIDAD Vehículos particulares no podrán circular los domingos 21 y 28 de marzo

Vehículos particulares no podrán circular los domingos 21 y 28 de marzo

Los autos particulares seguirán sin poder circular los domingos durante la segunda quincena de marzo, de acuerdo con el Decreto Supremo 046-2021-PCM, que oficializa la nueva clasificación de las provincias según el nivel de riesgo de contagio del COVID-19.

Según Andina, la norma publicada en El Peruano indica que del 15 al 28 de marzo se mantiene la restricción de circulación de vehículos particulares los domingos en Lima Metropolitana y en las provincias clasificadas en nivel de alerta alto, muy alto y extremo.

Excepcionalmente, los domingos podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente. También podrá hacerlo el personal de los organismos del sistema electoral peruano, siempre que porten su credencial o documento que acredite el vínculo con la entidad.

El decreto indica que Lima Metropolitana, que se encontraba en nivel de riesgo extremo, baja a riesgo muy alto desde el 15 de marzo, lo cual le permitirá reiniciar algunas actividades antes restringidas. Cabe indicar que la Provincia Constitucional del Callao se mantiene en nivel de alerta extremo.

Playas cerradas


Asimismo, hasta el 28 de marzo no se podrá ingresar a la playa ni se podrá hacer uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar. Esto rige no solo para las provincias con nivel de alerta muy alto (como Lima), sino para zonas con nivel extremo.

La misma restricción rige para las riberas de ríos, lagos o lagunas ubicados en provincias clasificadas como extremo o muy alto.

AQUÍ LAS ACTIVIDADES PERMITIDAS DEL 15 HASTA EL 28 DE MARZO

En Lima Metropolitana el toque de queda se mantiene vigente de lunes a domingo desde las 9:00 p. m. hasta las 04:00 a. m. del día siguiente. De esta manera, la población podrá salir a caminar con normalidad los domingos 21 y 28 de marzo.

Pase laboral

Si necesitas trabajar durante la inmovilización social obligatoria, debes solicitar un pase laboral. En caso tus funciones lo requieran, tendrás la opción de pedir un permiso para usar tu vehículo personal (auto o moto).

Esta opción solo se habilita al solicitar tu pase laboral. No existe un pase vehicular independiente del pase laboral.

SOLICITA AQUÍ TU PASE LABORAL

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