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Reducción de deudas de 70% y 80% a papeletas de infracción y actas de control está vigente hasta el 30 de Setiembre

La Unidad de Transportes de la Municipalidad de Chancay, en concordancia con la Municipalidad Provincial de Huaral, hace de conocimiento a los transportistas que, hasta el 30 de septiembre está en vigencia los beneficios de reducción de deudas administrativas derivadas de las infracciones al transporte y tránsito terrestre, papeletas de infracción al Reglamento Nacional de Tránsito, Actas de Control por infracciones al Reglamento Nacional de Administración de Transporte.

• Se recuerda que: las Infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito que hayan sido levantadas hasta el 31 de agosto de 2017, se hará un descuento de 70% del monto de la deuda insoluta, cuando la deuda se encontrase en cobranza por la vía coactiva, además de lo señalado, se aplicará un descuento de 100% sobre las costas procesales y gastos administrativos.

• Para las infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito de Códigos M-01, levantadas dentro del período antes señalado, el descuento será del 80%. De igual manera; para aquellas infracciones al transporte público regulados a través de la Ordenanza Municipal Nro. 019- 2016-MPH que hayan sido levantadas hasta el 31 de agosto del 2017, se aplicará un descuento al 70% del monto de la deuda insoluta. Para las Infracciones constatadas a través de Acta de Control con códigos H-01 y H-04, el descuento será del 80%.


Cabe indicar que, la Ordenanza Nº 021-2017-MPH, que aprueba el programa de beneficios de reducción de deudas para multas y sanciones administrativas en materia de tránsito y transporte, fue publicada el 30 de agosto del presente año y tiene una vigencia de 30 días calendario -hasta el 30 de setiembre-, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

En las disposiciones finales, la Ordenanza Nº 021-2017-MPH, indica que: las deudas vencidas y no pagadas dentro de la vigencia de la presente Ordenanza Municipal, perderán automáticamente los beneficios señalados en la presente Ordenanza a su vencimiento, por lo que su valor impago retornará a los montos y porcentajes establecidos en la escala de infracciones señaladas en los reglamentos u ordenanzas respectivas y se proseguirán con los procedimientos sancionadores hasta llegar a la vía coactiva, para su cobro respectivo.

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