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Revocatoria solo se puede pedir tras un año de gestión de autoridades, recuerda Transparencia.

El secretario técnico de la Asociación Civil Transparencia, Percy Medina, recordó que de acuerdo a ley sólo se puede iniciar un proceso de revocatoria a los presidentes regionales y alcaldes luego de haber cumplido un año de gestión.

“Se puede empezar a recoger firmas para solicitar la revocatoria de una autoridad elegida recién un año después de iniciado su mandato, es decir, para los presidentes regionales y para los alcaldes elegidos en octubre del año pasado, la fecha sería recién el 2 de enero del 2012”, indicó en declaraciones a la Agencia Andina.

Mencionó que para evaluar el desempeño de una autoridad democráticamente elegida siempre debe dejarse pasar un tiempo prudencial.


“Cuando una persona tiene el cargo 3, 4 ó 6 meses es muy pronto para evaluarla porque hay curvas de aprendizaje, curvas en el proceso de organización de un gobierno regional y local”, recalcó.

Por ello, subrayó que el proceso de la recolección de firmas es también muy largo, para lo cual se debe adquiere un kit con los planillones correspondientes.

Asimismo, indicó que para una circunscripción tan grande como Lima se necesita al menos 25 por ciento de las firmas equivalentes al padrón electoral.

Medina se refirió al tema debido a que en algunas regiones ya se viene hablando sobre la posibilidad de revocar a los presidentes regionales y, en el caso de Lima, se ha considerado un mecanismo aplicable a la actual alcaldesa de Lima, Susana Villarán, debido a una supuesta ineficiencia.

La revocatoria constituye un procedimiento a través del cual los electores pueden destituir del cargo público a una autoridad con anterioridad a la expiración del período para el que fue elegido

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