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Desde el lunes 29 queda prohibida la difusión de encuestas para las regiones que habrá segunda vuelta regional

Desde las 00:00 horas de hoy quedó prohibida la difusión de resultados de encuestas de intención de voto en las diez regiones donde este domingo habrá segunda vuelta de las elecciones regionales, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

La medida estará vigente en Amazonas, Ayacucho, Huánuco, Ica, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Pasco, Puno y Tumbes.

En estas jurisdicciones los candidatos no alcanzaron como mínimo el 30 por ciento de los votos válidos del electorado, por lo cual pasaron a una segunda vuelta aquellos que alcanzaron el primer y segundo lugar.

El JNE también indicó que desde las 00:00 horas del viernes 1 de diciembre hasta el mediodía del lunes 6 estará prohibida la venta de bebidas alcohólicas de todo tipo, y quien sea sorprendido incumpliendo esta disposición se le impondrá una multa no menor de 1,650 nuevos soles.

Recordó, además, que desde el viernes quedará prohibida la realización de reuniones o manifestaciones públicas de carácter político, y desde el día siguiente no podrá hacerse ninguna clase de propaganda política.


Los electores no podrán ser apresados por ninguna autoridad, salvo por delito flagrante, durante los días sábado y domingo. En el caso de los miembros de mesa y personeros esta disposición se extenderá hasta las 00:00 horas del martes 7.

De igual manera, quedará prohibido que los electores porten armas desde el sábado hasta las 00:00 horas del martes.

Durante las horas de votación no podrán efectuarse espectáculos populares ni estarán permitidas las funciones de cine, teatro ni reuniones de ningún tipo. Tampoco se realizarán oficios religiosos.

Además fueron prohibidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de una mesa de sufragio.

Los miembros de las Fuerzas Armadas en situación de disponibilidad o retiro están prohibidos de participar vistiendo uniforme en manifestaciones o reuniones de tipo político. Igual restricción se aplica para los miembros del clero regular y secular de cualquier credo.

La Ley Orgánica de Elecciones obliga a las autoridades electorales, Fuerzas Armadas, instituciones públicas y privadas, personeros y electores a observar y acatar estas disposiciones con el fin de garantizar la tranquilidad y el orden del proceso electoral.  Andina

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