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Cosco Shipping Ports Chancay lleva al Tribunal Constitucional disputa por la supervisión regulatoria del puerto

COSCO SHIPPING PORTS CHANCAY LLEVA AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DISPUTA POR LA SUPERVISIÓN REGULATORIA DEL PUERTO

El proceso judicial entre Cosco Shipping Ports Chancay Perú y el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) de Perú ingresó a su última etapa en la justicia constitucional, luego de que la compañía presentara un Recurso de Agravio Constitucional (RAC) para que el Tribunal Constitucional (TC) revise la decisión que declaró improcedente su demanda de amparo.

La Segunda Sala Constitucional de Lima, mediante la Resolución N.° 16 del 24 de julio de 2026, concedió el recurso interpuesto por la compañía y ordenó elevar el expediente al Tribunal Constitucional, tras verificar que cumplía con los requisitos establecidos en el Código Procesal Constitucional.

El litigio se originó por una demanda de amparo presentada por Cosco Shipping Ports Chancay contra Ositrán y la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), con el objetivo de impedir que el organismo regulador ejerza funciones de regulación, supervisión y fiscalización sobre el Puerto de Chancay.

La Compañía sostuvo que, al tratarse de una infraestructura de titularidad privada, Ositrán no tendría facultades para supervisar sus operaciones, salvo en lo relativo a la determinación de tarifas cuando así lo establezca la normativa portuaria.

Por su parte, la presidenta de Ositrán, Verónica Zambrano, defendió la competencia del organismo al señalar que «Chancay no es un puerto de uso exclusivo, sino de uso público», por lo que corresponde supervisar el cumplimiento de las obligaciones y derechos relacionados con sus usuarios.

En primera instancia, el Poder Judicial acogió la posición de la compañía y declaró fundada la demanda mediante una sentencia emitida el 29 de enero de 2026. Sin embargo, el 17 de junio de 2026, la Segunda Sala Constitucional revocó ese fallo y, mediante la Resolución de Vista N.° 13, declaró improcedente la acción de amparo.

Tras esa decisión, Cosco Shipping Ports Chancay recurrió al Tribunal Constitucional mediante un RAC. Como pretensión principal, la empresa solicita que se anule la sentencia de segunda instancia al considerar que vulneró su derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales y que se ordene la emisión de un nuevo pronunciamiento. De manera subsidiaria, pide que el propio TC resuelva el fondo del caso y declare fundada la demanda de amparo.

La resolución que concedió el recurso no se pronuncia sobre el fondo de la controversia, sino que dispone la remisión del expediente al Tribunal Constitucional, instancia que deberá emitir la decisión definitiva respecto del conflicto entre Cosco Shipping Ports Chancay, Ositrán y la PCM.

Con ello, el Tribunal Constitucional tendrá la última palabra sobre la controversia vinculada a la supervisión del Puerto de Chancay y al alcance de las competencias de Ositrán sobre dicha infraestructura.

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