La historia de ‘Run Run’ ha dejado, sin duda alguna, muchos sentimientos en cada uno de los usuarios que la siguieron de inicio a fin y es que el tráfico de especies silvestres y la venta ilegal de animales es un serio cuestionamiento que aún las autoridades no saben cómo enfrentar.
El final de este animalito, que fue vendido en el Centro de Lima a solo S/50, no habría sido el mejor de todos. Run Run fue encontrado y sedado para enviarlo al zoológico denominado «El Parque de las Leyendas», una decisión que para el Instituto Peruano de Asesoría del Medio Ambiente y Biodiversidad, fue precipitada y perjudicial para el pobre cánido.
Sonia Córdoba Araujo es la abogada a cargo de esta institución (Ipalema) y representante del caso que envuelve el lugar que verá desarrollarse a Run Run. Ella da a conocer que según la Ley de Fauna Silvestre, artículo 95, en los lugares de conservación de fauna silvestre tienen como finalidad la «reintroducción, reinserción, repoblamiento y reubicación».
Sonia Córdoba Araujo es la abogada a cargo de esta institución (Ipalema) y representante del caso que envuelve el lugar que verá desarrollarse a Run Run. Ella da a conocer que según la Ley de Fauna Silvestre, artículo 95, en los lugares de conservación de fauna silvestre tienen como finalidad la «reintroducción, reinserción, repoblamiento y reubicación».
“Conforme a este precepto normativo, la autoridad de fauna silvestre no ha debido optar como primera opción el reclutamiento de Run Run en un zoológico, pues esta opción de vida en cautiverio solo procede en defecto de que se descarte la posibilidad de retornar al animal a su hábitat natural o algún Área de Manejo de Fauna Silvestre en Libertad, lugar que si bien puede no ser su hábitat del cual procedió, es un sitio donde puede vivir en libertad sin barreras físicas, pero un lugar controlado por un plan de manejo supervisado por el Estado”
Por lo tanto se cuestiona la finalidad el fin del Parque de las Leyendas, ya que no es un lugar que específicamente se dedique a lo que establece la Ley, sino al entretenimiento y educación. Por lo mismo, la demanda indica que “…al ponerlo en un Zoológico han condenado al zorrito Run Run a que sea objeto de nuestra curiosidad y morbo, un objeto más de exhibicionismo”
Por lo tanto se cuestiona la finalidad el fin del Parque de las Leyendas, ya que no es un lugar que específicamente se dedique a lo que establece la Ley, sino al entretenimiento y educación. Por lo mismo, la demanda indica que “…al ponerlo en un Zoológico han condenado al zorrito Run Run a que sea objeto de nuestra curiosidad y morbo, un objeto más de exhibicionismo”
Es necesario mencionar que este recurso legal también acoge a la Ley de Protección y Bienestar Animal, la conocida como 30407; se basan ella para argumentar que se debe evitar el maltrato a los animales silvestres mediante cualquier acto que altere su comportamiento, provoque una lesión o su muerte.
Es necesario mencionar que este recurso legal también acoge a la Ley de Protección y Bienestar Animal, la conocida como 30407; se basan ella para argumentar que se debe evitar el maltrato a los animales silvestres mediante cualquier acto que altere su comportamiento, provoque una lesión o su muerte.