Este martes, el Pleno del Congreso debatirá los proyectos de ley que permitiría el retiro de fondos de AFP y el desembolso de parte de la CTS.
Los dos proyectos de ley, aprobados hace unas semanas en la comisión de Economía y la comisión de Trabajo, han sido objetados por los expertos en materia económica. Pero, ¿qué establecen cada uno?
AFP
El dictamen que se evaluará facultaría un retiro de hasta 4 UIT (S/17,600) de los fondos del Sistema Privado de Pensiones.
Este desembolso sería permitido tanto para aquellos afiliados que estén aportando como los que estén inactivos.
Además, se indica que aquellos afiliados de las AFP que sean mayores de 40 años y no aporten desde hace cinco años podrán solicitar el retiro de hasta el 95.5% de sus aportes.
Sin embargo, esto no aplicará a aquellos aportantes que califiquen para el Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.
En caso la iniciativa sea aprobada, los afiliados podrán desembolsar hasta 1 UIT cada mes, es decir S/ 4,400. El primer retiro se efectuaría a los 30 días y luego cada UIT sería abonada cada 30 días hasta el tercer desembolso.
De acuerdo con la Asociación de AFP (AAFP), este proyecto que propone el retiro de hasta 4 UIT significaría un desembolso de S/ 45,000 millones y dejaría a unos dos millones de afiliados sin un sol en su cuenta.
CTS
Esta iniciativa, aprobada en la Comisión de Trabajo del Congreso a inicios de febrero, permitiría el retiro del 100% de la CTS.
El proyecto, que autorizaría estos retiros hasta diciembre de este 2021, tiene por objetivo cubrir las necesidades económicas ante la crisis económica.
Cabe indicar que queda pendiente la iniciativa aprobada por la Comisión de Economía, que permitiría el retiro del 50% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para los trabajadores con sueldos menores a S/ 2,400, y para los empleados que se encuentren en suspensión perfecta de labores.
Cabe recordar que la CTS es un beneficio social que entregan las empresas privadas a sus trabajadores con una jornada mínima de 4 horas y sirve como un fondo de contingencia contra el desempleo, por lo que cuando se dé por determinada relación laboral puedes retirar su totalidad.
Actualmente, si aún te encuentras trabajando, es posible retirar de tu CTS un monto equivalente al 100% del excedente de sus cuatros sueldos.