A pesar que el Gobierno Central ha publicado diferentes normas de protección y seguridad de la salud a favor de las personas con discapacidad, en pleno Estado de Emergencia provocado por la pandemia COVID-19, la Municipalidad Distrital de Aucallama está poniendo en riesgo a ser infectados por el coronavirus a los trabajadores con discapacidad en dicha comuna.
Bono Universal S/ 760: este es el cronograma de pago en el Banco de la Nación
Los trabajadores con discapacidad del sector público y privado, por ser personas vulnerables, están protegidos por el Decreto Legislativo 1468-2020 que establece disposiciones de prevención y protección para las personas con discapacidad ante la Emergencia Sanitaria ocasionada por el COVID-19. En el Artículo 4.7 de dicha disposición establece que “El acceso al trabajo remoto, previa identificación por parte del empleador que la naturaleza de las labores del puesto de trabajo son compatibles a esta modalidad y de común acuerdo con el/la trabajador/a con discapacidad, tanto en la actividad pública como privada. En caso la naturaleza de las labores del puesto de trabajo no sea compatible con el trabajo remoto o a falta de acuerdo, corresponde otorgar una licencia remunerada con cargo a compensación al culminar la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19”.
Por lo tanto, los trabajadores con discapacidad de la Municipalidad de Aucallama deberían estar en sus hogares con licencia remunerada, esta disposición se está aplicando a nivel nacional.
Asimismo, incumple la Resolución Ministerial 448-2020 que aprueba los lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgos de exposición a COVID-19. En el lineamiento 7.3.4 de Consideraciones para el Regreso y Reincorporación al Trabajo de Trabajadores con Factores de Riesgo para COVID-19 de la mencionada Resolución Ministerial del Ministerio de Salud dice que las personas que se encuentren en algunos de los siguientes supuestos, deben realizar prioritariamente trabajo remoto: Edad Mayor de 65 años, Hipertensión arterial refractaria, Enfermedades cardiovasculares graves, Cáncer, Diabetes mellitus, Asma moderada o grave, Enfermedad pulmonar crónica, Insuficiencia renal crónica en tratamiento con hemodiálisis, Enfermedad o tratamiento inmunosupresor y Obesidad con IMC de 40 a más.
La Municipalidad Distrital de Aucallama, tampoco está cumpliendo con la ley 29973 Ley General de las Personas con Discapacidad que establece el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica.
Finalmente cabe indicar que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad-CONADIS, presidida por Marco Antonio Gamarra La Barreda, a través del asesor legal de la Dirección de Promoción y Desarrollo Social, converso con el Gerente Municipal y la Jefa de Recursos Humanos, de la Municipalidad de Aucallama, con la finalidad de informar sobre los derechos de los trabajadores con discapacidad, pero sin resultado positivo, es por ello que se ha elaborado un informe legal para formalizar la denuncia de incumplimiento de la ley por parte de la Municipalidad y proceder de acuerdo a ley.
Por Hector Diaz Arboleda