Inicio ACTUALIDAD Nacional Sentenciados por violencia familiar no tendrán beneficios penitenciarios

Sentenciados por violencia familiar no tendrán beneficios penitenciarios

El Ejecutivo promulgó la ley que modifica el código de Ejecución Penal y le quita beneficios penitenciarios a quienes tengan sentencia por violencia familiar y violencia de género. Ellos no podrán acceder a la semilibertad ni libertad condicional.

Los sentenciados por violación sexual a menores de edad no podrán acceder al beneficio de reducción de la pena. De igual manera los sentenciados por violación sexual, feminicidio, trata de personas, quienes no podrán acceder a la semilibertad y libertad condicional.


Tampoco procederá la redención de la pena por el trabajo o la educación para quienes haya sentenciado por delitos vinculados al crimen organizado.

Sin embargo, para quienes cometan delitos incluidos en los artículos 107, 108, 108-A, 108-B, 121-B, 153, 153-A, 170, 171, 172, 174, 176- A, 177, 200, 279-G, 297, 317, 317-A, 317-B y 319 a 323 del Código Penal, la redención de pena por el trabajo o la educación se realiza a razón de un día de pena por seis días de labor o de estudio, respectivamente.

Esta ley entrará en vigente desde el 20 de julio del presente año.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí