El Pleno del Congreso aprobó hoy la ley que sanciona el incremento de precios por especulación de bienes o servicios de primera necesidad en casos de desastres, la misma que plantea una sanción de hasta seis años de cárcel.
El proyecto de ley fue aprobado en primera votación por amplia mayoría en el Congreso, al registrarse 104 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.
Minutos después fue exonerado de la segunda votación por lo que quedó listo para ser enviado al Ejecutivo para su promulgación u observación.
Código Penal
Al respecto el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, Juan Carlos Gonzales, explicó que dicha ley modifica el Código Penal para considerar la especulación, acaparamiento y adulteración de productos como delitos penales.
En ese sentido precisó que la sanción que plantea la referida ley es de tres a seis años de pena privativa de la libertad. “Creo que ya basta de estos abusos en momentos de desastres”, apuntó.
Dijo que el tiempo y el precio real de los productos los fijaría en su momento el Poder Ejecutivo a través de un decreto supremo. “Aunque el periodo mínimo debería ser 30 días”, aseveró.
Por otro lado, subrayó que esta ley solo se va a aplicar en las zonas declaradas en emergencias y no en todo el país, como piden algunos legisladores. “Extenderlo a todo el territorio a nivel nacional sería un intervencionismo del Estado al cual yo estoy en desacuerdo”, expresó.