Mediante un decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano, el Ejecutivo declaró como día no laborable compensable al lunes 3 de octubre, jornada posterior a las Elecciones Municipales y Regionales 2022, para aquellos ciudadanos que fueron elegidos miembros de mesa.
La medida incluye a los trabajadores del sector público y privado, por lo cual los empleadores de ambos rubros deberán adoptar «las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido».
«Para gozar del beneficio (…), el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa debe presentar a su empleador, a través de soporte físico o digital, al momento de reiniciar su prestación de servicios, el Certificado de Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE», refiere el decreto.
#ERM2022 🗳Con el objetivo de brindar todas las facilidades a las trabajadoras y los trabajadores del Perú 🇵🇪, damos a conocer las siguientes disposiciones para que puedan ejercer su deber cívico este domingo 2 de octubre.
✅ Conoce más, aquí: https://t.co/sXfG0T4HZ2 pic.twitter.com/lejHamXBGp
— Ministerio de Trabajo (@MTPE_Peru) September 30, 2022
Además, la norma subraya que los trabajadores que actúan como miembros de mesa «cuyas jornadas de trabajo coinciden con el día de las Elecciones Regionales y Municipales, están facultados a no prestar servicios por ese día».
Facilidades para electores
Asimismo, el decreto supremo establece facilidades para que los trabajadores de los sectores público y privado «que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación», no laboran «los días viernes 30 de setiembre, sábado 1, domingo 2 y lunes 3 de octubre». Es decir, contarán como días no laborables compensables.
«En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establece la forma para hacer efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decide el empleador», puntualiza el decreto.
Para los trabajadores del sector público, «las entidades adoptan las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar».
El decreto añade que aquellos trabajadores de los sectores público y privado que deben laborar el domingo 02 de octubre, «tienen derecho a un permiso durante la jornada de trabajo, para ejercer su derecho al voto».