Elías Zorrilla Flores regidor provincial de Huaral sostuvo que la suspensión del alcalde provincial de Huaral Jaime Uribe Ochoa en el cargo de autoridad edil, debe debatirse antes del 15 de setiembre y no el 27 del mismo mes, tal como lo señala la citaciones emitidas a los concejales de la municipalidad edil por la secretaria general.
Consideró que los plazos indicados son precisos, establecidos por la ley orgánica de municipalidades cuando funcionarios en este caso, alcaldes presentan sentencias condenatorias.
Refirió, que en ese sentido Uribe Ochoa no es la excepción, ya que pesa en su contra sanciones que le impiden ejercer el cargo de burgomaestre huaralino.
En ese contexto señaló que la interpretación a la norma, la fecha debería fijarse para el 12 de setiembre ya que los 30 días hábiles como estipula la ley culminarían en ese tiempo.
Aunque se pronunció a favor de la suspensión, explicó que podría tratarse de un error de inscripción la digitación de la mencionada citación, de comprobarse lo contrario, dijo, el único fin seria el de dilatar el tema políticamente, expresó.