El pleno del Congreso aprobó la ley que regula, previene, controla y sanciona la violencia que se produzca con ocasión de los espectáculos deportivos.
El dictamen plantea que los organizadores de esos espectáculos deberán comunicar los primeros quince días de cada año sus calendarios anuales de actividades al Instituto Peruano del Deporte.
Asimismo, indica que la Policía Nacional dispondrá las medidas de seguridad para barristas o hinchas.
La norma dispone que los organizadores están obligados a contar con una póliza de seguro contra riesgos de lesiones o muerte, así como de gastos de curación y transporte.
También se consigna que toda persona que acuda a los espectáculos será debidamente identificada con su DNI y su ingreso será filmado.
Delitos duarante espectáculo serán sancionados
Están prohibidos de ingresar a esas actividades las personas en evidente estado de ebriedad o con alteración de su conciencia por efecto de drogas, así como las que se encuentren con requisitoria judicial, las que porten armas cortantes o de fuego o bebidas alcohólicas y estupefacientes.
El dictamen dispone que los delitos cometidos en estos espectáculos serán sancionados de conformidad al Código Penal.
Respecto a la responsabilidad de los clubes, estos procederán a suspender a los barristas que incurran en infracción grave por un lapso de seis meses hasta cinco años, sin perjuicio de las sanciones de ley.
No obstante, estas organizaciones también serán sancionadas por incumplir las normas con inhabilitación de hasta 10 años de sus directivos y también con la cancelación del espectáculo deportivo, entre otras medidas.
En la parte preventiva se crea una Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos, que tiene la finalidad de promover el espíritu deportivo con programas, campañas de prevención y acciones educativas con la práctica de los valores y el respeto entre aficionados.
Andina