La sesión extraordinaria del Concejo Municipal de Huaral de hoy viernes 19, votó por unanimidad en contra de la suspensión del regidor Crisanto Huamán Jerí, solicitada por el ciudadano Javier Estula, basado en que habría usado su cargo para beneficiarse con documentación requerida para su negocio. Ahora la última palabra la tiene el JNE.
Pero ¿Cuáles son los fundamentos que sustentan este pedido de suspensión?
El pedido de suspensión está sustentado en las siguientes razones: Qué con fecha 6 de Setiembre el Sr. Mario Andahua Carrasco solicita una inspección ocular a un inmueble, originando el Exp. 19535-MPH. Ocurre que con fecha 11 de Setiembre, se EMITE al ciudadano Crisanto Huamán Jerí el Certificado de Inspección Técnica Básica de Seguridad en Defensa Civil, en cuyo texto se hace mención al mismo expediente indicado anteriormente, lo que resulta ilegal, convirtiéndose en una falta grave e insubsanable, ya que está probado que el regidor no ha iniciado nunca el indicado trámite y por lo tanto es incongruente que se emita a su favor el citado documento de Defensa Civil.
Se configura en falta grave que valiéndose del petitorio de otro ciudadano y de otro expediente administrativo no iniciado nunca por el regidor, obtiene una actuación administrativa a favor de su Hostal, que es su negocio particular. Lo que equivale a decir que se ha valido de su cargo para favorecerse ilícitamente en su negocio, causando no sólo perjuicio al otro ciudadano sino incurriendo en una situación de FALTA GRAVE, al incumplir con sus deberes funcionales como regidor, toda vez que ha recibido el citado documento.
El artículo 25 (Inciso 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que el ejercicio de Alcalde o Regidor se suspende por acuerdo de Concejo, por sanción impuesta por falta grave al Reglamento Interno del Concejo Municipal.