El Jurado Nacional de Elecciones, ha reprogramado una audiencia pública para este martes 24 de julio a las 11.30 am, en la Av. Nicolás de Piérola Nº 1080 de la ciudad de Lima, a razón de la solicitud de queja del ciudadano Pedro Mendoza, contra el acuerdo de consejo municipal N° 050-2012-MPH-CM en el que se vio su solicitud de suspensión en el cargo del alcalde provisional Víctor Bazán Rodríguez.
Solicitud que fue puesta a consideración del Pleno, cuyo órgano colegiado declaró Infundado el Pedido de Suspensión en el Cargo de Alcalde Provincial de Huaral del Dr. Víctor Hernán Bazán Rodríguez.
La desestimación fue, tras ser sometido a votación con 2 votos a favor, 5 votos en contra y 4 abstenciones no alcanzando los dos tercios de conformidad a lo prescrito en el Artículo 17° de la Ley Orgánica de Municipalidades y Artículo 65° del Reglamento Interno del Concejo, vista en una sesión de concejo,
Como se recuerda Pedro Jacinto Mendoza presentó la causal de suspensión del alcalde Bazán Rodríguez, fundamentando que el Señor Alcalde ha incumplido sus atribuciones, sus deberes funcionales y sus obligaciones de Alcalde, sin la debida diligencia y de haber actuado negligentemente en el ejercicio del cargo.
Incumplimiento que constituye falta grave y por lo tanto debe ser sancionado, con una sanción no mayor de treinta (30) días naturales, el mismo que se encuentra debidamente tipificado en el RIC del Concejo Municipal y la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, fueron los alegatos de Mendoza y su asesor legal.
Pedro Jacinto Mendoza Arellano, antes de solicitar la suspensión de Víctor Hernán Bazán, presentó ante los órganos correspondientes de la comuna huaralina, un recurso de reconsideración, sobre la no renovación de su contrato laboral con la entidad edil, el mismo que le ratificó su desvinculación laboral con la municipalidad de Huaral.