En audiencia pública de prisión preventiva realizada a las 3:30 p.m. se llevó a cabo el caso del expediente Nº 1261-2008-25, contra los imputados: Estela Pajuelo Mario Jesús, Sánchez Rojas Carmelo y Gamboa Gonzáles Línder Saúl, en proceso común por el delito de Robo Agravado.
Artículo 189 del Código Procesal Penal. En Agravio de Jhon Enríquez malo, José Gallardo Dávila y Aníbal Guillermo Maguiña Vallejos y el Fundo «Agro La Floresta» SAC.
Pero el Abogado de Carmelo Sánchez Rojas, César García Bertolotti y el abogado Defensor de Oficio de Mario Jesús Estela Pajuelo, José Manuel Tello Gutiérrez, pidieron al Juez Julio Castañeda, acogerse a la terminación Anticipada, por lo que sus patrocinados confesaron los hechos imputados. Entonces se varió la de prisión preventiva por Sentencia de Terminación Anticipada.
SENTENCIAN A CARMELO SÁNCHEZ ROJAS Y MARIO ESTELA PAJUELO:
Por ello el Dr. Julio Castañeda Díaz, Juez del Segundo Juzgado de
Investigación Preparatoria de Huaura, sentenció a 06 años de pena privativa de la libertad efectiva y al pago de una reparación civil de S/. 500.00 para cada agraviado.
Defensor de oficio argumentó que su patrocinado no tenía suficientes elementos de convicción para imputársele el delito de robo agravado.
Pues dijo que el fiscal solicitó la prisión preventiva solo por sindicación de un inculpado no habido (fugado), en consecuencia el juez Castañeda, declaró infundado el pedido del fiscal contra Línder Gamboa y se le impuso la medida de comparecencia restrictiva a condición de no variar de domicilio, sin autorización del fiscal y otros. También al pago de una caución (garantía personal) de S/. 200.00 y a seguir en el proceso cuando sea solicitado.