El Gobierno publicó la noche del jueves el decreto supremo N° 116-2020 en el que se establecen medidas medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social en el marco del Estado de Emergencia generada por la COVID-19.
La norma, publicada en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, da pautas en su artículo 4 para el uso de las playas en el litoral peruano, el cual se dará por etapas durante el periodo de emergencia «a fin de evitar aglomeraciones y poder adoptar medidas para un adecuado control».
En ese sentido, se informa que, para una primera etapa, en Lima y Callao los viernes, sábados y domingos no se hará uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar ni de la zona de mar, exceptuándose la realización de deportes acuáticos.
La norma también precisa que se continuará permitiendo el uso de los espacios públicos aledaños, tales como malecones, veredas, ciclovías, entre otros, para el desarrollo de deportes al aire libre. Además, los gobiernos locales, en coordinación con la Policía Nacional del Perú, velarán por el cumplimiento de lo dispuesto.