A partir de mañana, los efectivos de la Policía Nacional que intervengan algún vehículo en la vía pública del país deberán indicar al conductor cuál es el documento que autoriza el operativo o, en su defecto, el nombre de la autoridad que lo dispone.
Así lo establece el Decreto Supremo D.S 028-2009 MTC del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), publicado hoy en el diario oficial El Peruano, el cual fija el Procedimiento de Detección de Infracciones al Tránsito Terrestre por parte del efectivo policial competente en el ámbito urbano.
La norma también recuerda que el efectivo policial que interviene una unidad deberá cumplir el procedimiento de rigor, como solicitar los documentos al conductor, así como requerirle los documentos propios de la naturaleza de acción de fiscalización realizada.