El Ministerio de Cultura aclaró que los espectáculos de artes escénicas, incluidos los de índole musical, están permitidos solo si cuentan con autorización municipal y siguen los protocolos sanitarios para evitar la propagación de la COVID-19.
En un comunicado emitido este miércoles, el despacho de Cultura aclaró que las actividades previstas para los días 30 y 31 de octubre, organizadas a propósito del Día de la Canción Criolla y Halloween, pueden continuar su desarrollo bajo ambas condiciones.
“Actualmente, están vigentes los protocolos sectoriales para actividades de artes escénicas, música y artes visuales y tradicionales, a través de la Resolución Ministerial Nº 242-2020-DM-MC, de fecha 14 de septiembre del 2020”, señaló el Ministerio de Cultura.
Asimismo, la entidad estatal reafirmó su compromiso con la reactivación económica siempre que se salvaguarde la salud y la vida de los ciudadanos.
COMUNICADO | El Ministerio de Cultura informa a la ciudadanía lo siguiente: pic.twitter.com/CTJxhThfFA
— Ministerio de Cultura (@MinCulturaPe) October 27, 2021
Un tema polémico
La polémica sobre las celebraciones del 30 y 31 de octubre se produjo luego de que hace dos días el Ministerio del Interior anunciara la prohibición de los eventos masivos y reuniones sociales el domingo 31 de octubre, fecha en la que se celebra el Día de la Canción Criolla y la fiesta de Halloween.
Mediante un comunicado, recordó que por decreto supremo publicado el pasado 10 de julio, se dispuso la prohibición de todo tipo de evento masivo (desfiles, carnavales, fiestas patronales, fiestas costumbristas y actividades civiles), así como cualquier forma de reunión, evento social, político, cultural y otros, que implique la concentración de personas.
Como respuesta, no faltaron los establecimientos que dieron a conocer su negativa a acatar esta medida, pues sus espectáculos, anunciados con días de anticipación, contaban con el permiso de las autoridades.
De ahí que el Ministerio de Cultura precisara este 27 de octubre que «ya se ha venido autorizando el reinicio de las actividades económicas, amparadas en el Decreto Supremo Nº 023-2021 del 13 de febrero de 2021, que modifica el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 0184-2020-PCM, que faculta la realización de artes escénicas, según nivel de alerta».