La señora Gloria Muñoz de 44 años de edad, encontró trágica muerte en su centro de labores en el estacionamiento de Plaza Vea. Los familiares acudieron a la empresa Plaza Vea, que se eximió de cualquier responsabilidad porque la trabajadora había sido contratada por una empresa service. Tampoco, en el momento más crítico recibieron el apoyo del conductor causante del accidente. Finalmente solo quedaba el seguro SOAT, que también alegó no tener responsabilidad.
El señor Carlos Yarlequé, representante de una aseguradora AFOCAT NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCION, brindó la siguiente explicación: “El D.S. 024 – 2002 – MTC, el Art. 37 sobre las exclusiones en los accidentes de tránsito, es muy claro respecto a los accidentes que no son de cobertura: Los accidentes ocurridos en lugares no abiertos al tránsito público. Lo que implica accidentes ocurridos en cocheras, playas de estacionamiento y hasta en el patio amplio de una casa. El SOAT no se activa en esos lugares. Incluso un grifo es una zona no abierta al tránsito público, pues es una zona privada. Por eso los grifos cuentan con un seguro para esas contingencias”.
Agregó que esos accidentes con considerados casos fortuitos o negligencias personales, que tienen que ver con el tema de la responsabilidad civil. “El Art. 37 excluye a los accidentes ocurridos en carreras de automóviles u otras competencias de vehículos motorizados, los ocurridos fuera del territorio nacional y los ocurridos en lugares no abiertos al tránsito público, como ha ocurrido en este caso. En última instancia se tiene que esperar la decisión del poder judicial”, expresó.
https://www.facebook.com/208821939303721/videos/452968429022503