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Destinan más S/ 736 millones para compras a MYPES bienes para instituciones del Estado

El Gobierno Nacional, mediante Decreto de Urgencia 075-2020, autoriza para que manera excepcional el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) a través de Foncodes, gestione mediante la modalidad de Núcleo Ejecutor de Compras, la adquisición de bienes manufacturados por las micro y pequeñas empresas – MYPE de los sectores metalmecánica, muebles (para bienes de madera, no maderables y plástico), textil-confecciones, y, cuero y calzado, para las diversas entidades demandantes, entre las que se encuentran: el Seguro Social de Salud – ESSALUD, las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, las mismas que son responsables de definir las características de los bienes, la estimación de la demanda, la recepción y la distribución de bienes.

Así, dispone una partida presupuestaria de S/ 58 millones 917 473,00, a favor del MIDIS, para financiar gastos operativos de conformación e implementación de NEC para adquisición de bienes a las MYPE de los sectores metalmecánica, muebles, textil-confecciones, y, cuero y calzado, para las diversas entidades demandantes: ESSALUD, entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales.


Durante el Año Fiscal 2020, autoriza al Ministerio de Economía y Fianzas –MEF, realizar modificaciones presupuestaria hasta por S/ 677 millones 550 mil 939, a favor del MIDIS a través de Foncodes para adquisiciones de bienes a las MYPE.

Para este fin, la citada noma amplía la vigencia del Decreto el Decreto de Urgencia N° 058-2011 y dicta medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional y la prórroga de la vigencia de inscripción en la SUNARP y celebración de asambleas generales no presenciales en las cooperativas a consecuencia de la declaración del Estado de Emergencia Nacional por el COVID-19.

Las Mypes
Las MYPE que participen en el proceso de adquisición de bienes a cargo de Compras a MYPErú a través de Núcleos Ejecutores de Compras (NEC), deben cumplir con las condiciones y características (ventas anuales) establecidas en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, y no deberán incurrir en la cláusula anticorrupción.

Las Bases de las convocatorias establecerán las reglas que orientan el procedimiento de selección de las MYPE y adquisición; la declaración, documentos o información que presenten sea veraz, y se sujetará a los controles posteriores y sanciones administrativas.

 

 

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