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Contraloria advierte que tablet no llegarían a todos los escolares y no hay garantía de funcionamiento.

La Contraloría General de la República detectó riesgos que afectarían la compra de tabletas y otros equipos informáticos, que tiene a su cargo el Ministerio de Educación a través del Programa Nacional de Dotación de Materiales Educativos, como parte de la estrategia “Aprendo en Casa – Cierre de Brecha Digital”, que serán para garantizar el servicio educativo no presencial, comprometiendo fondos públicos por S/ 930 millones.

En el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19, el Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N° 1465 que estableció medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo, a través de la distribución de equipos a docentes y estudiantes de primaria y secundaria en zonas rurales.
Como parte de dicho proceso, según lo informado por el Minedu, se estima comprar 1 millón 56 mil 430 tabletas, más de 200,000 cargadores solares y medio millón de planes de datos que serán entregados a aproximadamente 966,293 estudiantes y 90,137 docentes de 27,837 colegios.

 

Plazos serían muy reducidos
Según el Informe de Hito de Control N° 5876-2020-CG/EDUNI-SCC, durante la etapa de actos preparatorios (que prevé el análisis e indagación del mercado, entre otros aspectos), apertura y evaluación de cotizaciones se formularon consultas por parte de los postores señalando la imposibilidad de cumplir los plazos del proceso pero no fueron recogidos por el equipo de trabajo del Minedu que tiene a cargo el proceso.

Inclusive desde la primera etapa de revisión de cotizaciones, las empresas participantes, informaron al Minedu sobre sus preocupaciones respecto a lo reducido de los plazos del proceso, considerando aspectos como las limitaciones de stock de tabletas a nivel mundial y que los términos de referencia requieren que se realicen prestaciones bajo condiciones materialmente imposibles de cumplir y sin las precisiones necesarias.

Durante el citado proceso, la Contraloría ha identificado que se alertó sobre un número de entrega de tabletas bajo plazos que impedirían hacer validaciones, las cuales son indispensables para el proyecto. Adicionalmente, los plazos no consideran las restricciones de traslado aéreo e incluso de transporte interprovincial, por el estado de emergencia, lo que impediría llegar con facilidad a zonas alejadas.

También que habría aspectos técnicos como que el contratista elegido asegure que las tabletas estén homologadas ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) pero el cronograma de acciones no considera un plazo para este procedimiento. Las empresas interesadas señalan que se debe tomar en cuenta que el cumplimiento de las características mínimas de las tabletas no asegura que estas puedan ser homologadas, sobre todo cuando dicha homologación debe realizarse respecto a la banda o frecuencia de diferentes operadores de telecomunicaciones.


Según el cronograma aprobado por el Minedu, la ejecución de la compra se efectuará en cuatro entregas, de las cuales las dos primeras tienen plazos de 38 y 68 días calendario, pero algunas de las empresas interesadas sugerían plazos superiores. Esta situación genera el riesgo de limitar la participación de postores, así como también la contratación de empresas que no cuenten con la experiencia y la capacidad técnica necesaria para garantizar el cumplimiento de los plazos de entrega.

A esto se suma lo precisado por una de las empresas interesadas, que para llegar a obtener la certificación GMS exigida para las tabletas se tiene que pasar por procesos muy rigurosos ante Google, quienes luego de una verificación exhaustiva de toda la data entregada por el Minedu tienen que ser validados en aspectos de licenciamiento. Solo este proceso demoraría un tiempo aproximado de 35 días.
El informe señala que no obstante a los argumentos expresados por las empresas respecto a la imposibilidad del cumplimiento de los plazos establecidos en el requerimiento, el equipo de trabajo a cargo del proceso no recogió las consultas en cautela del cumplimiento de los objetivos de la contratación.

Esta situación afectaría el principio de competencia de este proceso, ya que según la Ley de Contrataciones del Estado, estos procesos deben incluir disposiciones que permitan establecer condiciones de competencia efectiva y así obtener la propuesta más ventajosa para satisfacer el interés público.

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