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Gobierno dispone reducción temporal de sueldos del presidente Vizcarra, ministros y altos funcionarios

El Gobierno dispuso este jueves la reducción de la remuneración del presidente de la República, Martín Vizcarra, ministros y altos funcionarios durante los meses de junio, julio y agosto de este año. El decreto de urgencia -publicado hoy- establece «el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del Covid-19”.

“Reducir de manera temporal, por un periodo de tres meses, la remuneración del presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del coronavirus (COVID-19)”, indica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.

El Decreto de Urgencia Nº 063-2020 sostiene que la medida se dará durante los meses de junio, julio y agosto del presente año, teniendo en cuenta los siguientes factores: “reducción del 10% del ingreso mensual para el monto mayor o igual a 15,000 soles, y menor a 20,000 soles; y reducción del 15% del ingreso mensual por el exceso del monto mayor o igual a 20,000 soles”.


“Para quienes su ingreso mensual es mayor o igual a 20,000 soles, la reducción de su ingreso mensual se realiza aplicando el porcentaje respectivo a cada tramo, y la reducción total es la suma de los resultados parciales de los dos tramos. La reducción de ingresos no afecta la base de cálculo de los beneficios laborales que tuvieran derecho los funcionarios y servidores públicos”, señala la norma.

El decreto de urgencia es aplicable desde el presidente Martín Vizcarra, seguido por los ministros de Estado, viceministros, secretarios generales, directores generales, jefes de oficinas generales, titulares de organismos públicos, rectores y vicerrectores de universidades públicas, miembros de tribunales administrativos, y servidores del Poder Ejecutivo que estén bajo cualquier modalidad de contrato por el cual prestan servicios.

Asimismo, la norma dispone que el Ministerio de Salud debe elaborar la lista de personal de la salud que ha fallecido por COVID-19, a consecuencia de servicio. Además, autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efectuar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud.

Este decreto Nº 063-2020 tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de este año.

La norma lleva la firma del presidente Martín Vizcarra; del jefe del Gabinete Ministerial, Vicente Zeballos; y de los ministros María Antonieta Alva (Economía y Finanzas); Víctor Zamora (Salud); y Fernando Castañeda (Justicia y Derechos Humanos).

El Comercio

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