Superintendencia de Banca y Seguros del Perú (SBS) dio la autorización a las entidades financieras, para que puedan reprogramar el pago de deudas de sus clientes, para que cumplan con sus respectivos pagos en el marco del problema sanitario por el coronavirus.
“La SBS estableció ciertas precisiones relacionadas con la facultad de las empresas del sistema financiero de efectuar modificaciones en los contratos de créditos que no obedezcan a dificultades en la capacidad de pago de los prestatarios, a efectos de que no sean considerados como refinanciaciones”, informó la entidad.
Agregó que este plan aplica para los clientes del sistema financiero “que para estos casos se requerirá que los deudores no hayan presentado atrasos al momento de la declaratoria de emergencia” por el coronavirus.
“Los créditos que se reprogramen en el marco de esta norma, además de ser registrados en las cuentas correspondientes del rubro 14 créditos del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, deberán ser registrados en la subcuenta que deberá ser reportada en el anexo N°6 Reporte Crediticio de Deudores”, señaló.