El fiscal José Domingo Pérez, integrante del equipo especial Lava Jato, realiza una diligencia de exhibición de documentos en el local central de la Telefónica, en el distrito de La Victoria, luego de que Silvana Castagnola, analista de la referida empresa, denunciara que se le negó al Ministerio Público un pedido de información en el marco de la investigación a Keiko Fujimori.
En el programa “Punto final”, la analista contó que atendió un pedido de otro fiscal sobre un caso civil del 2015; sin embargo, contestó que, por superarse los tres años de antigüedad, ya no estaba disponible. Luego descubrió que la información sí se hallaba en los servidores y, al intentar responder la solicitud, fue obligada a borrarla.
Dijo que antes de este caso había contestado una solicitud del fiscal Pérez sobre el caso de Keiko Fujimori, indicando que no había información de “tráfico de llamadas para el período requerido sin siquiera haber hecho la búsqueda de información”.
“Me limité a poner el párrafo que la empresa me obliga a poner: si el período supera los tres años no tenemos la información”, refirió.
Narró que cuando buscó entregar la información completa al otro fiscal, en noviembre del 2018, su jefe le comentó que si accedían a ese pedido también tendrían que acceder al de Pérez, que acababan de rechazar.
La empresa responde a denuncia
Por medio de un comunicado, la empresa precisó que solamente en el 2018 atendió más de 13.000 solicitudes de registros de llamadas sustentadas en mandatos judiciales, “en estricto cumplimiento del marco normativo vigente”.
También señaló que en ningún momento se realizado “alguna acción de hostigamiento” en contra de Castagnola.
“Con respecto a que Telefónica niega información solicitada por la Fiscalía y el Poder Judicial, la empresa rechaza categóricamente estas afirmaciones y reitera que cumple con lo indicado en el artículo 16 de la Ley Nro. 27336 (Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades de Osiptel), que precisa que todos los operadores de telecomunicaciones deben conservar el registro de llamadas por un período de al menos 3 (tres) años después de originadas.
Ese es el registro que se ha venido entregando hasta el momento en tanto respecto del mismo la compañía puede garantizar la veracidad e idoneidad de la información”, refiere el documento.
El Comercio