El reciente anuncio del presidente de la República, Martín Vizcarra, sobre el referéndum para la no reelección de congresistas, es un proceso que debe pasar, primero por el Poder Legislativo y no por el Ejecutivo, así lo afirma la Dirección General de Normativa y Asuntos Jurídicos del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a través de un documento online: El Referéndum, requisitos legales y procedimientos.
Este documento precisa a su vez, 10 importantes pasos para contar con un referéndum. Ocho de los cuales deben darse en el Poder Legislativo.
1.- Ingreso a la Oficina de Tramite Documentario del Congreso
Registra y enumera el proyecto
2.- Ingreso a Oficilía Mayor
Da cuenta al Consejo Directivo. Emite decreto de envío, señala la Comisión que lo estudia, previamente realiza la consulta con un miembro de la Mesa Directiva.
3.-Ingreso a Comisiones
Debe estudiar, analizar y emitir un dictamen: favorable, desfavorable, archivo de plano.
4.-Ingreso a Consejo Directivo
Coloca el dictamen en la agenda del Pleno, determina el tiempo del debate.
5.-Ingreso a Pleno
Debate el dictamen y vota el texto. Puede aprobarlo o sino enviarlo al archivo.
6.– Ingreso a Oficina de Relatoría y Agenda
Elabora la autógrafa y la deja lista para su remisión del Ejecutivo
7.- Ingreso a Oficialía Mayor
Remite y certifica la autógrafa (de mano del propio autor) y la remite al Ejecutivo
A partir de aquí el proceso continúa en el Poder Ejecutivo:
8.- Ingreso a Poder Ejecutivo
Promulga y ordena la publicación de la ley o la observa y vuelve al Congreso
9.- Ingreso a Diario Oficial El Peruano
Para su publicación en » Normas Legales»
10.- Vigencia de la Ley
Desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición
El referéndum es un derecho de participación ciudadana, y se encuentra dentro del Marco de La Ley N° 26300.