A la Policía se la respeta. Los conductores de transporte público y privado que bajaban de su vehículo con unos cuantos soles tras cometer una infracción o cuando eran intervenidos por los agentes de Tránsito ahora tendrán que pensarlo dos veces antes de ofrecer una coima o soborno para evadir una papeleta.Según el Decreto Legislativo N° 1351 y que modifica el artículo 398-A del Código Penal , “el que, bajo cualquier modalidad, ofrece, da o promete a un miembro de la Policía Nacional donativo o cualquier ventaja o beneficio (…), será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años”.En este contexto, denominado “cohecho activo en el ámbito de la función policial”, también se establece la “Inhabilitación” (artículo 398-B) de los sujetos que ofrecen la tradicional coima o “propina” al agente policial. “En los supuestos del artículo 398-A, cuando el agente corrompa a un miembro de la Policía Nacional en el ejercicio de sus funciones, siempre que estas correspondan al tránsito o seguridad vial, se le impondrá además inhabilitación consistente en la cancelación o incapacidad definitiva, según sea el caso, para obtener autorización para conducir…”.
SICARIATO JUVENIL. Tras los múltiples casos de menores involucrados en asesinatos y la comisión de abusos sexuales en el país, el Ejecutivo decidió también incrementar las sanciones a los infractores a través del nuevo Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes. “Los adolescentes entre 16 y menos de 18 años de edad que cometan delito de sicariato o violación sexual, seguida de muerte, serán internados de 8 a 10 años en un centro juvenil para menores infractores”, señala la norma.Por otro lado, el internamiento será de 4 a 6 años cuando el adolescente tenga entre 16 a menos de 18 años y cometa parricidio, homicidio calificado, feminicidio, lesiones graves, pandillaje pernicioso, secuestro, trata de personas, violación sexual, robo agravado, extorsión, tráfico ilícito de drogas, entre otros. Si el adolescente tiene entre 14 y menos de 16 años, el internamiento en un centro juvenil será de 3 a 5 años por los mismos delitos.
Delitos
El cohecho pasivo propio e impropio y cohecho activo en el ámbito de la función policial se incorpora en el Código Penal.