Ismael Orozco Huayanay dejó de pertenecer al Poder Judicial, pero investigación de la OCMA continuará y deberá responder porqué liberó a los 29 integrantes de la organización criminal «Los Monos de Quepepampa». Ante la indignación pública y mientras se le investiga, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, Jorge Calderón Castillo dio por concluida su designación como juez supernumerario de Investigación Preparatoria de Huaral
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Orozco Huayanay era juez supernumerario desde el 2011 y desde el 20 de diciembre del 2014 se hacía cargo del Juzgado de Investigación Preparatoria de Huaral. Los jueces supernumerarios son abogados nombrados por los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia y no pasan por evaluación y ratificación del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
La salida de Ismael Orozco del Poder Judicial fue anunciada por el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski durante la firma del Acuerdo por la Justicia, con la participación de las principales autoridades de la administración de justicia. «Felizmente ese juez de Huaral ha sido dado de baja hoy, (…) pero no podemos tener situaciones así, donde todo el sistema policial trabaja con pruebas, y después los detenidos se van de paseo liberados legalmente», declaró el presidente.
La Resolución Administrativa N° 389-2016-P-CSJHA-PJ indica que “por convenir al servicio, resulta necesario dar concluida la citada designación a partir del 2 de noviembre de 2016”. El lunes su despacho había sido convertido en el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria.
Su separación del cargo de juez, no exime a Orozco Huaynay «de las responsabilidades administrativas y de otra índole que puedan encontrarse en la investigación que sigue el órgano de control interno del Poder Judicial, OCMA, contra el magistrado por el caso de la organización “Los monos de Quepepampa”. Una Sala de Apelación de Huaura volverá a evaluar el pedido de prisión preventiva que presentó la fiscalía contra los integrantes de la mencionada organización criminal por delitos de extorsión, secuestro, homicidio y robo agravado.
La mencionada resolución administrativa explica que es atribución del presidente de la Corte Superior de Justicia dirigir la política interna de su distrito judicial y que en virtud de ello se puede designar o dar por concluida las labores de los magistrados provisionales y supernumerarios, en conformidad con el numeral 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
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