La sanción para los depravados que realicen actos obscenos alterando la tranquilidad de las personas en micros, buses o cualquier lugar público es de 2 a 4 años de pena privativa de la libertad, precisó el abogado penalista Roberto Miranda.
“La pena está tipificada en el artículo 183 del Código Penal y, si bien es cierto, para que exista una condena efectiva debe superar los 4 años, esto solo depende del juez que vea el caso”, explicó.
Respecto al acoso sexual sufrido por la actriz Magaly Solier, el letrado señaló que la instancia correspondiente deberá formalizar la denuncia contra el sujeto, quien ya habría sido identificado por la policía, pero cuyo nombre se mantiene en reserva. “La denuncia ya está hecha y el Ministerio Público deberá actuar de oficio”, dijo.
Agregó que el delito de exhibición obscena es penado hasta con 7 años si se trata de una menor de edad que ha sido agredida o amenazada para presenciar o dejarse tocar por el agresor. Miranda remarcó que existe un vacío legal en cuanto a los gestos y piropos obscenos que una mujer recibe en la calle, pues la justicia solo los considera una falta de respeto y no está penado.
PERVERTIDOS DEL VIDEO
Además, en YouTube hay videos grabados por depravados en los que se muestran las partes íntimas de mujeres en minifalda o pantalones ceñidos que viajan en el ‘Metropolitano’.
Según un estudio de la ONG ‘Manuela Ramos’, en 2013 el 88,4 por ciento de mujeres, en Lima, fue víctima de acoso callejero. “Casi 9 de cada 10 mujeres en Lima ha sufrido algún tipo de acoso”, precisó Milena Justo, directora de dicha ONG.
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