La Dirección General de Fiscalización y Control del Ministerio de Cultura evitó que tres piezas de origen pre-inca e inca, pertenecientes al patrimonio cultural peruano, sean vendidas en una subasta de antigüedades en Inglaterra.
Los bienes culturales, dos textiles y un cerámico, se encontraban en el catálogo digital de la subasta denominada “Saturday 12th January 2013 Antiquities & Collectables eAuctions”, organizada por la casa TimeLine Auctions, de la localidad inglesa de Essex.
Ante la intervención de las autoridades peruanas y británicas, tras un seguimiento del caso, la empresa optó por retirar las piezas mencionadas de la subasta del pasado 12 de enero.
DE LA CULTURA CHANCAY
Según informó TimeLine, las piezas habrían sido adquiridas por un coleccionista, ya fallecido, en el mercado de arte de Londres en la década de 1950 y pertenecieron previamente, a una colección privada formada a finales del siglo XIX.
Se trata de un fragmento de cerámica que corresponde a una cabeza antropomorfa, cuyo estilo pertenece a la cultura Chancay, desarrollada durante el Periodo Intermedio Tardío (1100-1450 d.C.), en los valles de Chancay y Chillón en la costa central del Perú.
En tanto, el material textil describe dos borlas, presuntamente de algodón con pelo de camélido. Estas piezas son elementos complementarios de las chuspas (bolsas) ceremoniales de filiación cultural Inca, desarrollada durante el Horizonte Tardío (1440 y 1532 d.C.)
RECLAMOS SON ESCUCHADOS
Blanca Alva Guerrero, directora General de Fiscalización y Control, indicó que “en cada caso de subasta de bienes culturales peruanos en el exterior se ha presentado la correspondiente reclamación, casi siempre sin ningún efecto. Sin embargo, en los últimos años hemos podido comprobar que estos reclamos empiezan a ser escuchados”.
Citó como ejemplos las peticiones de paralización de subastas en la casa Dorotheum (Austria), Mosgreen (Australia) y en la página web liveauctioneers (California, USA), que permitieron la recuperación de alrededor de 20 piezas arqueológicas.
PATRIMONIO PROTEGIDO
Como se sabe, la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, prohíbe la salida del país de todo bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, salvo los casos excepcionales establecidos en al artículo 34° de la referida Ley, para los cuales, la autorización debe ser otorgada mediante Resolución Suprema.
Los demás casos, constituyen un Delito contra el Patrimonio Cultural – Extracción Ilícita de Bienes Culturales, tipificado en el artículo 228° del Código Penal.
Perú integra una red solidaria en la lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales, formada por funcionarios culturales de Argentina, Bolivia, Colombia, Ecuador, Chile, Guatemala, Costa Rica, Honduras y México.