El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó sin efecto la convocatoria a consulta popular de revocatoria que recaía sobre Julián Nishijima Villavicencio, debido a que recientemente fue vacado de su cargo de alcalde distrital de Supe por el organismo electoral, se informó hoy.
El tribunal electoral concluyó que Nishijima Villavicencio incurrió en irregularidades al contratar servicios que no se probó que eran necesarios para la comuna y cobró 5,000 nuevos soles por los mismos, aduciendo que había asumido el desembolso para costearlos ante una persona que resultó ser distinta a la que desarrolló las labores.
De la misma manera, fueron excluidos del proceso de revocatoria los regidores del distrito de Pueblo Libre (Huaylas, Áncash), Fredy Marcelo Chipillo Barba y Almaquio Ángeles Huanjares, al haber sido vacados por ejercer funciones administrativas y ejecutivas incompatibles con la labor fiscalizadora del cargo que ostentaban.
Los regidores Katherine Fernández Huayna y Virgilio Espinoza Medina, de los distritos de Ayo (Castilla, Arequipa) y San Pedro de Cachora (Abancay, Apurímac), respectivamente, tampoco serán incluidos en la consulta de revocatoria al haber sido vacados por el JNE.
El primero por realizar cambio de domicilio fuera de la jurisdicción municipal y el otro por no haber concurrido a tres sesiones ordinarias.
De acuerdo a ley, la vacancia es un procedimiento cuyas causales requieren ser probadas para determinar su procedencia; en cambio, la revocatoria es un mecanismo de participación ciudadana en el que los cuestionamientos a las autoridades no requieren de justificación, pero sí deben respaldarse con el 25 por ciento de firmas de los pobladores del lugar.
Al considerar los referidos casos, el número de autoridades comprendidas en el proceso electoral se modifica, siendo ahora 264 los alcaldes y 1,041 los regidores que enfrentarán la consulta popular del próximo 30 de setiembre.