En una conferencia efectuada en la municipalidad de Huaral, el Gerente Antonio Alencastre manifestó que de acuerdo a la ley de municipalidades, todos los expedientes técnicos deben ser aprobados por el alcalde o las personas a quien delega.
“En este caso el gerente municipal y ese es el documento que hay que exhibir”, mencionó. “Simplemente no hay documento que empodere al sr. Valencia Rincón para firmar esa resolución. Eso queda claramente establecido. Además el artículo 35 de las bases indica que tienen que ser aprobados por el titular de la entidad o el mismo que podrá delegar expresamente y por escrito dicha función, vale decir que la ley de contrataciones del estado a través de su reglamento, en el artículo que acabo de leer también indica lo mismo”, señaló.
“El articulo 12 también indica, que si no se cumplen estos hechos, caemos en nulidad”, puntualizó.
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