Mediante la Resolución N° 002063-2010-JNE, el colegiado del Jurado Nacional de Elecciones, declaró fundado el Recurso de Apelación que interpuso el Movimiento Regional “Concertación para el Desarrollo Regional – Lima” y, de esa forma, revocó la Resolución Nº DOS del JEE de Huaral, de fecha 13 de agosto del presente año que excluía a su candidato a la alcaldía de Huaral Jaime Uribe Ochoa.
El JNE, en primer término, tomó en consideración la información de la Corte Superior de Huaura sobre la Sentencia del Excluido de fecha 16 de junio del 2008, mediante la cual, se le condenó a dos años de Pena Privativa de Libertad Suspendida, pero que, según el Especialista de la Corte la pena impuesta ha sido cumplida a plenitud.
Y, sobre la sentencia por difamación contra la regidora Ana Kobayashi, el colegiado considera que no está consentida, porque obra en autos el oficio remitido por la Mesa de Partes Única de las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante el cual le han informado la existencia del Recurso de Queja Nº 087 – 2010 derivado del Expediente Nº 220 -2008, que demuestra que se encuentra pendiente de calificación desde el 26 de agosto del presente, lo que amerita, según el colegiado, que el Excluido no cuenta con una sentencia ejecutoriada, por lo cual, no está incurso en un impedimento que no le permita ser candidato.
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