El Jurado Nacional de Elecciones mediante resolución n.° 584- 2009 declaró infundado el recurso extraordinario por afectación al debido proceso y a la tutela procesal efectiva interpuesto por don Sabino Barboza Amante contra la Resolución Nº 397-2009-JNE de fecha 5 de junio de 2009, que dispuso declarar infundado el recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo N° 037-2009-MPH-CM adoptado por el Concejo Provincial de Huaral.
Con este recurso el ex regidor Barboza buscó que el JNE cambie su decisión inicial dada en la Resolución Nº. 397-2009, de no vacar al alcalde provincial Jaime Uribe Ochoa.